El día de hoy el SAT ha dado a conocer a través de su página del SAT, la versión anticipada de su Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 junto con su Anexo 1-A. Aquí te platicamos todo lo que trae.
Como ya lo mencionamos, el SAT en su pagina principal dio a conocer la versión anticipada de lo que será la RMF para 2018, que entre otras cosas tiene:
RMF Anticipada 2018
Procedimiento para aclarar la presentación de pagos provisionales mensuales del ISR en cero. En este apartado nos indica que se emitirá opinión negativa en la situación de cumplimientos y obligaciones fiscales cuando se haya declarado en ceros y estos no sean los verdaderos valores.
Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales. Básicamente nos hace énfasis a la hora de poder emitir la opinión de cumplimiento y la forma en cómo podemos hacerlo, eso sí, el SAT es puntual al mencionar que es “en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos…”. Cuando se trate de créditos fiscales firmes o exigibles, el SAT ha mencionado que se entenderá que el contribuyente va al corriente en sus obligaciones fiscales.
Cumplimiento de obligaciones del contratante y del contratista en actividades de subcontratación laboral. ¿Recuerdan el famoso tema de Outsourcing? El SAT no lo ha olvidado, y en esta versión anticipada nos recuerda que para 2018 las obligaciones de ambas partes, se podrá usar el aplicativo “Autorización del contratista para la consulta del CFDI y declaraciones” y que está disponible en el buzón tributario.
Esta versión anticipada también nos menciona que para el Cumplimiento de obligaciones en prestación de servicios diversos a la subcontratación se podrá usar el mismo procedimiento antes dicho (que en pocas palabras es la regla 3.3.1.44.).
También nos hace mención del Procedimiento para que los contratistas con actividades de subcontratación laboral autoricen a sus contratantes, algo que se da mucho en estos esquemas, por cierto, y otros temas acerca de la subcontratación laboral.
Cuándo entra en vigor esta versión anticipada de la RMF para 2018
En todo caso, esto entrará en vigor una vez que se publique en el DOF (que aun no ocurre), por lo que es seguro que se dé el día 8 de febrero de 2018 y al día siguiente se comience a aplicar esto.
Un dato curioso es que los procedimientos que para los temas de la subcontratación laboral se empezarán a aplicar desde hoy 7 de febrero según el comunicado.
Si estás trabajando con los esquemas de subcontratación laboral, sería bueno que revisaras nuevamente estos procedimientos para que no vayas a tener malos raspones en un futuro.
Si quieres consultar la publicación puedes hacerlo directamente en la página del SAT.
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