Régimen voluntario del Seguro Social

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Cuando hablamos del Régimen voluntario, nos referimos a todas las prestaciones que el Seguro Social nos otorga de manera casi similar al régimen voluntario. En este artículo profundizaremos sus distintas características.

En el artículo anterior, Régimen Obligatorio, nos referíamos a la obligatoriedad de los patrones a brindar prestaciones de seguridad social a sus trabajadores y sus distintas formas.

A diferencia del obligatorio, el Régimen voluntario va dirigido a todas esas personas que por alguna razón no pueden obtener los beneficios del régimen voluntario, ya sea porque su actividad laboral se difiere de la común o no. Estas son las personas que pueden optar por este régimen:

Personas que pueden optar por el régimen voluntario

  • Trabajadores independientes.
  • Trabajadores profesionales independientes.
  • Comerciantes pequeños individuales.
  • Personas no asalariadas.
  • Trabajadores domésticos.
  • Patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio.

Ahora bien, como las actividades de estas personas son diferentes, existen distintas modalidades según quien se asegure, esto va a depender del tipo de esquema de protección. Estas son las modalidades:

Modalidades de aseguramiento del régimen voluntario

A diferencia del obligatorio, el Régimen voluntario va dirigido a todas esas personas que por alguna razón no pueden obtener los beneficios

Modalidad 44. Trabajadores independientes del tipo: Profesional, comerciante pequeño, artesano y demás no asalariados.

Las personas que estén bajo este supuesto tendrán los siguientes seguros:

  • De enfermedad y maternidad (Solo en especie).
  • De invalidez y vida.
  • De retiro y vejez.

Modalidad 34. Trabajadores domésticos

Estos trabajadores tienen un poco más de prestaciones que los anteriores, quedando de la siguiente manera:

  • De riesgo de trabajo (Solo las de especie).
  • De enfermedades y maternidad (solo las de especie).
  • De invalidez y vida.
  • Por retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Modalidad 35. Los patrones personas físicas con trabajadores asegurados

Es normal que los pequeños negocios tengan una figura fiscal de persona física, y en muchas ocasiones existe duda por parte del patrón cómo poder darse de alta en el seguro. Esta es una de las varias opciones que hay. Cuando es por medio del régimen voluntario tienen las siguientes prestaciones:

  • De riesgo de trabajo.
  • Por enfermedad y maternidad (Solo en especie).
  • Por invalidez y vida.
  • De retiro y vejez.

Modalidad 43. Personas del campo que su carácter sea trabajadores del campo, tales como ejidatarios o colonos.

Estas personas cuentan de igual modo con prestaciones muy parecidas a los anteriores, quedando de la siguiente manera:

  • De enfermedad y maternidad (solo en especie).
  • De invalidez y vida.
  • De retiro y vejez.

¿En cuál registrarme?

Si te estás preguntando en qué modalidad del régimen voluntario debes registrarte, puedes volver a leer los ya mencionados, o bien acudir a tu modulo del IMSS y preguntar cuál es la mejor opción para ti. En todo caso, el régimen voluntario llega a ser más barato que el régimen obligatorio, tanto por el número de prestaciones como por ser precisamente independiente.

Próximamente estaremos hablando a profundidad de lo que es la continuación voluntaria del régimen obligatorio, pero si has entendido bien hasta aquí, no deberías tener problemas para nuestro siguiente artículo.

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