Deducciones personales para la declaración anual 2018

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Cuando se llega el momento de preparar la información para la declaración anual, como es en este caso, que va iniciando el ejercicio, de lo más importante, es analizar dicha información, ya que además de la que es propia de la actividad, en el caso de los contribuyentes personas físicas, también existen gastos personales que pueden deducir solo para efectos de esta declaración; para esto se debe tener precaución con los requisitos, porque a pesar de que son muy conocidos, generalmente se cree que todos los gastos personales son deducibles.

Precaución en la aplicación de algunas deducciones personales para la declaración anual

De los gastos personales que se pueden deducir, los más mencionados son los relacionados a gastos médicos, por lo que es importante hacer referencia a lo que dice la Ley de ISR, antes que nada.

De acuerdo a la ley a la que se hace referencia, en el artículo 151, las deducciones personales a las que tiene derecho el contribuyente, tratándose de honorarios médicos, se encuentran las siguientes:

  • Los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes. Así como gastos hospitalarios para el cónyuge o concubino/a, para los ascendientes o los descendientes en línea recta, siempre que estas personas no hayan percibido durante el año ingresos en cantidad igual o superior a una U.M.A. elevada al año, considerando la UMA como unidad base.
  • También se consideran, deducibles los gastos por lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por 2,500.00 pesos por cada una de las personas que se mencionan, siempre que se cuente con el CFDI, se describan las características o se cuente con el diagnostico, de acuerdo al artículo 264 del RISR.
  • Para el caso de las medicinas, sí son deducibles siempre que sean incluidas en facturas de hospitales; no así para los comprobantes de las farmacias. En este caso de debe ser un poco más precavidos. El pago de estos gastos se debe realizar mediante cheque nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de crédito, de débito o de servicios.

Además de lo anterior, también se consideran:

  • Los honorarios médicos, dentales o de enfermería, análisis, estudios clínicos o prótesis, gastos hospitalarios, compra o alquiler de aparatos para la rehabilitación del paciente, derivado de las incapacidades temporal, permanente parcial o total (art. 477 LFT).
  • Los gastos funerarios ya sea para el cónyuge o concubino/a, o para los padres, abuelos, hijos o nietos, siempre que no supere una U.M.A. elevada al año.
  • Las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
  • Los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios.
  • Los donativos no onerosos ni remunerativos otorgados a instituciones autorizadas, siempre que no rebase el 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el ISR del año anterior.
  • Las aportaciones a subcuentas de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales de retiro.
  • El pago de transporte escolar de los hijos o los nietos, cuando sea obligatorio. En este caso, este concepto también deberá ser pagado mediante cheque nominativo, transferencia, tarjeta de crédito, de débito o de servicios.
  • Los pagos de colegiaturas desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente

Video Deducciones Personales Declaración Anual

En el siguiente video explicamos de manera más detallada cada una de las deducciones que aplicará para el ejercicio 2018 que se presentará en 2019.

Con el inicio de este nuevo año, comienza también, el análisis de varios conceptos que deben agregarse en la declaración, porque en ocasiones suelen ser objeto de confusión, ya que no en todos, la ley establece como serán pagados para hacer efectiva su deducibilidad, algunos conceptos pueden resultar un poco ambiguos.

14 Comentarios

  1. Hola :

    Es deducible la factura de lentes por 2500.00 pero meter solo 1 factura o las 2 facturas
    1 de mi hija y la otra es mia,

  2. Buenos días, yo realice un pago de gastos funerarios en efectivo, puedo solicitar la devolución en mi ?declaración anual?

  3. Hola trabajo como prestadora de servicios contables y estoy dada de alta en hacienda pago impuestos por mis servicios….estoy estudiando contabilidad publica pago mensualidades de universidad…se que los gastos de universidad al parecer no son deducibles solo hasta bachillerato….pero en mi caso los podre deducir??? ya que pues forma parte de lo que yo hago cierto?? podría pasar como capacitación…los pagos mensuales los estoy haciendo con tarjeta….alguien que me diga si estoy en lo correcto porfavor…..muchas gracias

  4. las cuotas del instituto de pensiones que pagan los trabajadores del municipio sindicalizados, son deducibles de la declaracion anual 2018?” pues son cuotas de retiro, jubilacion, etc.

  5. Realice gastos medicos por cantidades meosres a $1,000.00 cada vez y los paguè en efectivo. En la declaracion del SAT aparecen como o deducibles y no me permite hacer el cambio.
    Hay otras cantidades en igual circunstancia que si aparecen deducibes.
    Como puedo modificar la declaracion para hacerlos deducibles? Gracias

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