Reglamento interno de trabajo

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Todas las empresas, ya sea que se trate de personas físicas o personas morales, debieran contar con un reglamento interno de trabajo, debido a que, como en todo lugar donde existen congregaciones, siempre existirán diferentes perspectivas, opiniones que generalmente se contraponen, lo que suele generar todo tipo de conflictos, que en ocasiones pueden llegar a ocasionar incluso problemas legales.

¿Cuál es el contenido del reglamento interno de trabajo?

Una buena alternativa para esto, o al menos para que no exista aquello del desconocimiento de las reglas y políticas laborales y/o empresariales, es contar con un reglamento interior de trabajo, en el cual se establezcan las normas a seguir o a apegarse; en la Ley Federal del Trabajo podemos encontrar lo que es este reglamento:

Artículo 422.- Reglamento interno de trabajo es el conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones en el desarrollo de los trabajos en una empresa o establecimiento.

No son materia del reglamento las normas de orden técnico y administrativo que formulen directamente las empresas para la ejecución de los trabajos.

De acuerdo a este precepto, se puede apreciar que tanto los trabajadores como los patrones, deben apegarse al reglamento que se establezca, ya que en ocasiones, suele pasar que las reglas solo se les aplican a los trabajadores, detalle que de acuerdo a la ley laboral, no debiera ser.

Ahora bien, en el artículo 423 establece los puntos que un reglamento interno debe contener, entre los que contiene, se encuentran:

  • Horas de entrada y salida, así como horas de comida
  • Lugar y momento en donde comienzan y terminan las jornadas laborales
  • Tiempos para realizar limpieza y mantenimientos (establecimientos, maquinaria, aparatos, etc.)
  • días y lugares para pago de nomina
  • contar con mismo número de sillas que de trabajadores, si así lo requiere el tipo de trabajo
  • normas ara la prevención de riesgos de trabajo
  • normas a seguir, tratándose de menores y trabajadores embarazadas
  • tiempos y formas n las que los trabajadores se sometan a exámenes médicos, previos o periódicos
  • información sobre los respectivos permisos y licencias, y
  • las medidas que se determinen como disciplinarias y la forma en que se deban aplicar.

Suspensión laboral

Cabe mencionar que una de estas medidas recurrentes es la suspensión laboral, en estos casos la ley establece que dicha medida no podrá exceder de ocho días; además, antes de su aplicación el trabajador tendrá derecho a ser oído, es decir, podrá relatar los hechos por los cuales se aplique dicha sanción.

Y por último, en el reglamento también se podrán anexar otras políticas y/o reglas con base en la naturaleza de la misma empresa, considerando que existen empresas en las que se requiere de una mayor disciplina para realizar el trabajo, como es el caso de las empresas industriales, que por algún descuido o conflicto pueden generarse accidentes graves.

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