Para estos tiempos ya las personas morales debieron haber presentado su declaración anual o bien, el aviso que corresponde para poder enterar y pagar sus impuestos tomando como base el flujo de efectivo, pero con esto no significa que todos estos contribuyentes se encuentren al corriente con la presentación de sus declaraciones, que si es así, es excelente, de lo contrario tendrán que presentar las declaraciones que no hayan enviado.
Asi que, en caso de tener que presentar dichas declaraciones podremos realizar lo siguiente:
Presentar la declaración de ejercicios anteriores en la nueva herramienta del SAT
Como todo trámite en el SAT (Servicio de Administración Tributaria), nos ubicamos en la pagina principal –> Trámites –> Declaraciones –> Mi contabilidad –> Opción de acumulación de ingresos por personas morales
Una vez estando dentro de esta opción, y después de haber ingresado con RFC y contraseña, nos encontraremos con la siguiente pantalla:
Que como se observa, podemos realizar varios movimientos, pero ya que presentaremos una declaración de, en este caso del ejercicio 2016, desplegaremos el menú de la opción Otros conceptos y obligaciones, y posteriormente seleccionaremos –> Periodos anteriores a 2017
Y ya que nos encontremos dentro de este apartado, entonces vamos a seleccionar los datos que correspondan a la declaración que vayamos a presentar, ya sea normal, complementaria, o la que pretendamos:
Y posteriormente nos arrojará las obligaciones que nos aplique:
Ya que hayamos elegido las obligaciones, ya sea una o varias, según lo que se tenga pendiente, entonces ya procederemos al llenado de la declaración, de la forma que ya conocemos:
Que, a partir de esto último, ya es el procedimiento normal.
Es importante recordar que al realizar la presentación de las declaraciones no debemos olvidar tener a la mano toda la documentación a utilizar, incluyendo aquella en la que consten saldos a favor;
Ya que en caso de que pensemos y, claro, podamos acreditar algún tipo de impuesto, tomemos en cuenta la información que se nos solicitará, como por ejemplo la fecha, numero de operación, periodo, entre otros datos de la declaración en la que surgió el saldo a favor:
Y con esto concluimos esta pequeña aportación.
A pesar de tantos cambios y otros nuevos procesos para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en muchas ocasiones nos cuesta un poco de trabajo adaptarnos, incluso el miedo nos llega a invadir, y mas si se trata de nuevas herramientas, es por eso que en el blog es una de nuestras prioridades, no indicar o establecer, sino brindar algún tipo de orientación, y mucho más si se trata de personas que recién comienzan.
En lo que respecta al 2017 el mes de enero lo presente antes de enviar el aviso que vencia el 10 de marzo de este año, y al momento de declara febrero no acumula los ingresos de enero ya que el sistema marca como complementaria y no te deja capturar si no haces la complementaria de dicho mes ????????????????