Seguro de vida “crezcamos juntos”

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El seguro de vida “Crezcamos juntos” es un programa o tipo de seguro al que pueden tener acceso aquellos contribuyentes que se encuentren tributando dentro del Régimen de Incorporación Fiscal, este se puede contratar dependiendo la cobertura, las sumas aseguradas así como los costos.

Según el tipo de aseguramiento, puede contratarse como:

  1. a) seguro de vida para el titular y sus familiares, y
  2. b) seguro por muerte accidental para el titular.

Por lo anterior se desprende que:

El seguro de vida “Crezcamos juntos” es un programa al que pueden tener acceso aquellos contribuyentes que se encuentren tributando dentro del Régimen de Incorporación Fiscal

Si se contrata como seguro de vida para el titular y sus familiares, dicho seguro cubre, desde luego al contribuyente, a su cónyuge o concubina y a sus hijos, pero siempre y cuando el contribuyente no padezca o haya padecido algún infarto, SIDA, infartos del cerebro o cirrosis.

Ahora que si se contrata como seguro por muerte accidental para el titular, en este caso el seguro solo cubre al contribuyente, cuando padezca algún infarto, SIDA, cáncer, insuficiencia renal y/o cardiaca, hemorragias cerebrales, infartos del cerebro, cirrosis o  diabetes con hipertensión.

¿Cuáles son los costos del seguro de vida?

Ahora bien, de acuerdo a tipo de seguro que se elija dependerán también los costos, ya que si se elige el seguro de vida para el titular y sus familiares, los costos van desde los 293 pesos anuales hasta los 1,685 pesos, dependiendo la cobertura y las sumas aseguradas; en cambio si se elige el seguro por muerte accidental para el titular, el costo va de los 40 pesos anuales hasta los 200 pesos.

También es importante saber cuáles son las edades para poder contratar este seguro:

Si se define por el seguro de vida para el titular y sus familiares, la edad del titular, es decir, del contribuyente debe ser mínima de 16 años y la máxima de 69 años de edad, para su cónyuge o concubina lo mismo, y para los hijos  entre los 2 y los 24 años de edad.

En caso de optar por el seguro por muerte accidental para el titular, la edad es entre los 16 y los 69 años de edad.

Es importante mencionar que el pago del seguro puede ser mediante tarjeta de crédito si se trata de un pago mensual o anual, ahora que si es de débito o en efectivo con linea de captura el pago seria anual.

Para contratar este seguro, los trámites se realizan a través de la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT), y en el cual también se puede consultar la información aquí comentada, para una mayor perspectiva.

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