UBER y su implicación fiscal en México

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En artículos anteriores comentábamos sobre los pasos a seguir para facturar los viajes de UBER, pero solo cómo obtener nuestro CFDI, en esta otra parte veremos un poco más a detalle de como es el procedimiento de facturación que se supone se sigue en este negocio, pero sin antes conocer de forma general lo que es UBER:

UBER inició sus operaciones aproximadamente en el año 2010, fue creada por Garrett Camp y Travis Kalanick en San Francisco, en Estados Unidos, aunque su domicilio fiscal no está en Estados Unidos sino en Países Bajos (Holanda).

La forma de trabajo de esta compañía es la de contactar personas, unas que quieren tener un ingreso extra trasladando en autos particulares con otras personas que necesitan de un viaje, siempre que los autos se encuentren en excelentes condiciones mecánicas y estéticas y cumplan con ciertos requisitos, el pago por este servicio siempre se hace por medio de tarjeta de crédito (o pudiera ser de débito, aunque no lo mencionan), pero nunca en efectivo, y se cobra automáticamente cuando se solicita un traslado.

El enlace se realiza mediante una aplicación móvil, para la cual se debieron previamente registrar como usuario o socio en la plataforma de UBER, y cuando se solicita un traslado a través de ésta aplicación inmediatamente aparecen los datos personales y fotografía de la persona que recogerá al pasajero, así como el tipo de coche.

¿UBER realiza viajes como un transporte público?

Digamos que UBER, en si no realiza ningún viaje, no traslada a ninguna persona ni cosa, simplemente pone en contacto a quienes necesitan un servicio de este tipo con quienes realizan dicho servicio, desde luego cobrando una comisión por la conexión.

Digamos que UBER, en si no realiza ningún viaje, no traslada a ninguna persona ni cosa, simplemente pone en contacto a quienes necesitan un servicio

Entonces ¿quién “factura” a los usuarios que solicitan un comprobante fiscal?

Como ya comentamos, los usuarios y socios deben registrarse en la plataforma de UBER, siendo los socios (que pueden o no, ser conductores), los que emiten las “facturas” a los usuarios, ya que uno de los requisitos para ser socio de UBER es el que estén registrados en el RFC, ya sea como persona física con actividad empresarial o como empresa (por ejemplo, una S.A. de C.V., S. de R.L. de C.V. etcétera), pero lo importante es que puedan emitir CFD´s, es por eso que se debe proporcionar la Firma Electrónica y Certificado de Sello Digital.

Cuando se solicita un servicio, UBER lo cobra a través de la tarjeta registrada por el usuario, y al término de una semana se deposita el monto de los viajes realizados, descontando el 20%  por comisión al socio, siendo éste último quien emitirá un  comprobante fiscal, en caso de que el usuario o cliente lo solicite. La factura se expide por el monto total del viaje, incluyendo IVA, así que solo se desglosa, el concepto de dicha factura es “Alquiler de Auto con Servicio de Chofer”, para el caso de los servicios en los que no se soliciten comprobantes fiscales, el socio tiene la obligación de emitir una factura de venta al público en general cada mes, o según cada periodo que indique un asesor contable.

Si observamos, los ingresos del socio es lo que UBER le deposita de forma semanal, soportados por las facturas emitidas a los clientes, o al público en general según el caso, teniendo como gasto la gasolina utilizada, sueldos del conductor, si es que no conduce el socio, entre otros, la comisión que UBER cobra por su servicio, y por la cual emite una factura al socio bajo el concepto de “Comisión para los servicios de UBER”, (del 20%) por el monto total de comisiones cobradas por cada viaje, este punto es muy importante, porque éstos comprobantes  no desglosan IVA por lo tanto los socios no pueden acreditarlo, sin embargo deben pagarlo, en cambio para efectos de ISR si se pueden deducir de acuerdo a la regla 2.7.1.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015.

Desde que esta compañía dio a conocer internacionalmente sus servicios, ha sido objeto de varias controversias, también ha sido la causa de marchas que han realizado los taxistas en diferentes países, las cuales se han llevado a cabo para sacarlo del mercado del  servicio de taxi, que según UBER  no es tal servicio, argumentan los taxistas que los choferes de UBER no cumplen con lo que éstos realizan, como es el hecho de pagar permisos para transporte de personas, o pago de tarjetones, incluso que no pagan impuestos, pero algo que debemos tomar en cuenta es que UBER como tal no transporta personas ni cosas, como comentamos al principio, solo contacta, y si paga impuestos o no sería cuestión de analizar más a fondo el Tratado para evitar la doble tributación que México tiene con Países Bajos, el cual le permite pagar allá sus impuestos correspondientes, también se comenta en algunos sitios que UBER está registrada en México como una empresa International Holding, (brevemente) que tiene una sede u una matriz a la cual depende y quien paga los respectivos impuestos, que como ya mencionamos en líneas anteriores, fiscalmente su domicilio se encuentra en Países Bajos (Holanda).

El tema de UBER es muy extenso nos llevaría más de un artículo analizar todos los puntos que se derivan de este tema, así que por el momento le dejaremos hasta aquí, más adelante analizaremos el régimen que maneja en Holanda, el Tratado en materia fiscal que tiene con México, entre otros que se surjan.

Por el momento, lo cierto es que en México ha tenido éxito, que aunque parece el mercado muy saturado, prevalece una necesidad de un mejor servicio y mejor calidad en traslado de personas y mejor aún, aparentemente, a un precio justo.

15 Comentarios

  1. Hola buenas tardes, muchas gracias por la información brindada en los 3 artículos relacionados a UBER. Espero puedan ayudar con un articulo especial para para la nueva plataforma UBER EATS y orientar mejor a sus socios repartidores sobre la incorporación fiscal.

  2. De acuerdo con Víctor Palma, también estamos trabajando con Uber Eats, y nosotros no facturamos IVa si no IEPS. Y andamos algo enredados con el tema fiscal.

  3. Estimados asesores, por la presente solicito su apoyo pues no se como dar tratamiento fiscal a la situacion que se esta presentando en cancun quintana roo respecto a las personas que trabajan con UBER. Expongo la situacion:

    Uber es la empresa que ofrece la plataforma digital para unir usuarios y prestadores de servicio de traslado.
    El socio aporta su vehiculo particular para prestar el servicio y la empresa le deposita la parte que le corresponde de dicho servicio.
    En ocasiones el socio tiene choferes para que manejen varios carros.
    En cancun quintana roo, SINTRA la dependencia encargada de regular el transporte publico ha estado haciendo redadas donde les quitan el carro a los choferes y solo lo pueden recuperar por medio del pago de multas que van de los 60 a los 140 mil pesos.
    La empresa UBER en aras de apoyar al socio le deposita a este el importe de la multa para que vaya a pagar a las oficinas de sintra en su cuenta bancaria
    el socio va a pagar y el comprobante de la multa sale a nombre del chofer.

    ahora, la pregunta es… ante el sat, como puedo comprobar que esos ingresos no son una fuente de riqueza?

    me podrian orientar por favor? tengo dos casos de personas que han recibido casi 500 mil pesos en una semana para pagarle a SINTRA las multas….

    Quedo agradecida de sus comentarios pues de verdad que no encuentro como tratar este movimiento.

  4. hola, soy persona fisica y estoy en el regimen de actividad empresarial, mi pregunta es, ejemplo, se generan 5,000, uber(empresa, plataforma) se queda con 1,500(me da factura) y me deposita 3,500
    facturo 3,500 o 5,000?
    y la factura que me emite uber que dicen que es holanda, en mi declaracion la meto a deducir? en que apartado? si no trae el rfc de quien me la emite y no trae iva.

  5. Hola Anela, debes facturar los 5,000 ya que para deducir primero tienes que acumular. De esta manera estas acumulando tus 5,000 y a esos 5 mil vas a deducir los 1,500 de tu comision que te retuvieron en UBER .

    Ahora, no todos tus pasajeron piden factura, quiza en la pagina del SAT de esos 5,000 de viajes solo tienes 4,000 facturados. Tu tienes la obligacion de hacer una factura a publico en general por los 1,000 que faltan.

  6. LOS VIAJES DE LOS USUARIOS QUE NO SOLICITAN FACTURA YO LOS TENGO QUE FACTURAR POR SEPARADO DE LA PLATAFORMA DE UBER?A PUBLICO EN GRAL O VENTAS DE MOSTRADOR CON CUAL DESCRIPCION PUEDE SER IGUAL A ALQUILER DE VEHICULO CON CHOFER?

  7. Hola que tal alguien podría ayudarme con la información que viene en las facturas ya que se presentan tres rubros como efectivo cobrado que esta en negativo, promoción y ganancias totales a que se refiere cada concepto

  8. Uber emitio una factura al publico en general y desglozo el IVA osea que nos dara demaciado a pagar tengo entendido que la factura al Publico en Gral. No lleva iva, que pasa ahi podemos declarar el ingreso sin Iva al 16 o como??

  9. esmeralda,,no se desgloza el iva cuando es RIF (ya que existe una facilidad), antes en el caso de UBER se hacia la fact a publico en general porque estaban en RIF, ahora que ya estan en ACT EMPRESARIAL pues esa facilidad ya no aplica y si se tiene que desglozar el iva y pagarlo

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