La firma electrónica para este 2016 también sufrió cambios, paso de ser FIEL (Firma Electrónica Avanzada) a E. FIRMA, la cual nos permite a los contribuyentes identificarnos para realizar cualquier tipo de trámite a través del portal de internet del SAT, o si hace falta también nos permite ingresar a otras dependencias gubernamentales, esta firma es un archivo que para utilizarlo es necesario un dispositivo de almacenamiento externo, si recordamos, es por eso que cuando se tramita por primera vez siempre se nos pide como uno de los requisitos llevar una USB para guardar dicho archivo, si nos damos cuenta solo fue el nombre el cual se le cambió, así que prácticamente es lo mismo.
Tal vez dicho cambio se debe a la nueva aplicación que se dio a conocer el pasado 2 febrero, mediante un comunicado de prensa, en el cual el SAT (Servicio de Administración Tributaria), hizo publico una nueva versión de la firma electrónica ahora “E.FIRMA”, esta versión es la E.FIRMA PORTABLE, la cual será parte de la E. FIRMA, desde luego y por el momento, la E. FIRMA PORTABLE no es obligatoria, sino que es una nueva opción para los contribuyentes para poder facilitar los tramites que se necesiten realizar, de una forma mas rápida y en cualquier lugar, así como nos permitirá acercarnos más a la autoridad fiscal.
La E. FIRMA Portable la podrán solicitar solo las personas físicas que cuenten con e. Firma activa (antes FIEL) y contraseña vigente, tener registrado un correo electrónico en el Buzón Tributario, así como un teléfono inteligente u otro dispositivo móvil como una “Tablet” que cuente con servicio de datos en el que se pueda descargar la aplicación SAT Móvil, que no es mas que la E. FIRMA Portable, para tramitarla debemos ingresar al Portal del SAT:
- menú principal
- después seleccionar Trámites (capturando el RFC y la Contraseña en “Mi Portal”)
- enseguida Servicios por internet, solicitud, FIRMA portable, (por mencionarlo de forma general).
Como podemos observar la FIEL no cambia, solo su nombre, al parecer para complementarse con la nueva aplicación, que, como ya comentamos es solo para las personas físicas que deban presentar solicitudes, declaraciones, consultas o avisos o realizar algún tramite, y deseen hacerlo de una forma mas ágil.
Y como siempre toda modificación fiscal tiene su soporte, y para ésta dejamos encontramos el fundamento legal en el artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación (CFF) y en la Regla 2.2.2. de la Quinta Resolución Miscelánea Fiscal 2016.
[…] que el SAT cada vez más “acerca” al contribuyente sus oficinas, y un ejemplo es la nueva E. Firma Portable, todo en un futuro se actualiza o desaparece, y al parecer la contabilidad electrónica se va […]