Lo que dijo el SAT respecto al IVA de la comida rápida

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Hace unos días el SAT publicó en su Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 que básicamente la comida procesada o también llamada comida rápida estaría gravada al 16%. Esto es lo que aclaró el SAT tras desbordarse una repleta horda de quejas, indignación y coraje.

Esto, que en un principio parecía un nuevo comienzo de tranzas por parte del SAT, en realidad no es tan grave. Esto es lo que público el SAT.

Analizando el comunicado del SAT respecto a la comida rápida

“La disposición en materia de IVA que se publicó en el Portal del SAT no habla de un nuevo impuesto, sino de una regla que emitió la autoridad para dar claridad a un artículo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado que está vigente desde hace más de 15 años.”

Este hecho es cierto, y prueba de ello es el famoso caso del pastel, que, al ser un alimento muchos pensarían que tendría que tener una tasa de 0%, pero al ser procesado tiene un manejo distinto. Lo mismo ocurre con productos en tiendas de conveniencia, tales como Oxxo, Walt Mart, Soriana, etcétera.

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“Esta publicación no vulnera el Acuerdo de Certidumbre Tributaria firmado por instrucciones del Presidente Enrique Peña Nieto en febrero de 2014, donde se pactó no proponer modificaciones al marco tributario, ya que se reitera que no se está creando un impuesto nuevo ni modificando los que ya existen.”

Esto es muy cierto, pues en realidad no se crea ningún nuevo impuesto, aunque al parecer sí que se prestó a buena confusión al incluir la comida como tamales, tacos, quesadillas y gorditas.

“La regla publicada en la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 obedece al interés de la autoridad en dar claridad a un tema que es de importancia para contribuyentes y público en general, en el ánimo de que se apliquen precios en igualdad de condiciones y establecimientos.”

A ver, a ver, esto sí que ya tiene un tono extraño. ¿Por qué la autoridad tiene que estar aclarando algo que ya está en la ley? ¿Acaso no por eso tienen esas tiendas a sus contadores? ¿Por qué emitir una “aclaración” en medio de una Resolución? ¿No sería más fácil que el SAT fiscalizara a las empresas que no cumplen con estas disposiciones? ¿Acaso el SAT esperaba que haciendo público esto, las empresas que estuvieran saltándose el IVA tuvieran miedo y ahora sí lo pagaran? ¿Será que el SAT puede acelerar mi devolución automática? Vale, esa última pregunta no viene al caso.

Quiero pensar que el SAT, en su “buena voluntad”, no tomó acciones contra estas empresas de conveniencia y por eso creyó que la mejor solución era hacer una aclaración vía resolución miscelánea.

“La autoridad detectó que algunos establecimientos no están aplicando lo que señala la Ley, ya que en ciertas tiendas a estos productos se les aplica la tasa de 0% y en otras tiendas la del 16%, afectando así a los consumidores.”

Y volvemos nuevamente a la serie de preguntas, ¿qué no se supone que el SAT, al detectar esta clase de irregularidades, no tendría que realizar revisiones?

Aclarados ya los puntos más importantes, podemos dormir tranquilos, que ni las quesadillas, ni los tacos y ni las gorditas subirán de precio en julio…

Aunque… ¿no se les hace extraño? Al menos yo nunca he visto una gordita en el refrigerador del Walt Mart o del Oxxo…

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