Devolución de ISR anual: tiempos y procedimientos

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La época de declaraciones anuales finalmente llegó a su fin, ahora lo que sigue es la devolución de impuestos, por supuesto que solo a los contribuyentes que resultaron con saldo a favor en su declaración, en esta ocasión trataremos de aportar un poco de información de cómo es que se puede solicitar la devolución de saldo a favor de ISR.

Devolución de ISR para las Personas Físicas:

Si estos contribuyentes presentaron su declaración solo por salarios su devolución se realizara a partir de cinco días hábiles de cuando haya presentado dicha declaración, en la cual se seleccionará la opción en la forma de devolución de impuesto, también proporcionará el nombre de su banco y su clabe de 18 dígitos, la cual deberá estar a nombre del mismo contribuyente y solo necesitarán enviar su declaración con su RFC y su contraseña, y su devolución será de forma automática (recordemos que el uso de contraseña solo será por ingresos por salarios).

Pero en caso de que la devolución sea igual o mayor a la cantidad de 50,000 pesos si será necesaria la FIEL en todos los casos de las personas físicas.

Ahora que si se presenta por ingresos por servicios profesionales (honorarios), arrendamiento, actividades empresariales u otros, la devolución será en diez días a partir de la fecha en que presento su declaración, y también deberán seleccionar la forma en que solicitarán la devolución del impuesto a favor, nombre de banco y su clabe, pero para estos regímenes se deberá contar con la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) tanto para el envío de la declaración como para la devolución. En caso de no haber seleccionado la opción para devolución en el momento de la declaración, los contribuyentes podrán solicitar dicha devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones” (FED), que está disponible en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el menú “Trámites/Trámites/Devoluciones y Compensaciones/Solicitud de Devolución”.

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Devolución de ISR para las personas morales:

Deberán contar con su contraseña y certificado de la FIEL para ingresar al sistema, también con el formato electrónico de devoluciones (FED) donde se determina el saldo a favor y sus respectivos anexos, así como los documentos legales que acrediten que la persona que solicita la devolución del impuesto es la representante legal del contribuyente; además también presentará el estado de cuenta donde contenga RFC del contribuyente que realiza la solicitud y la clabe para el deposito. Estas solicitudes se deberán hacer durante los próximos cinco años a partir de la fecha en que se presentó la declaración anual, recordemos que pasa lo mismo que con la autoridad cuando no realiza su cobro en cinco años, se pierde el derecho, así que por este motivo se hace mención que debe ser durante el plazo mencionado.

Existen casos más complejos como la devolución de un determinado periodo, pero eso ya es tema de otro artículo.

3 Comentarios

  1. Tengo 1 año que no laboro.. En mi trabajo anterior labore 4 años Seguidos.. Sera que puedo declarar esos años que son Desde 2010 al 2014? Se podra? Si si que paso tengo que seguir?

  2. Cual es el pazo para los casos donde solicite a traves de “Trámites/Trámites/Devoluciones y Compensaciones/Solicitud de Devolución”.

  3. HAY UN PLAZO PARA LA DEVOLUCION DEL ISR 2018 PARA LAS PERSONAS ASALARIADAS Y CUALES SON LOS REQUISITOS. QUE DOCUMENTOS TENGO QUE LLEVAR

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