Prima de riesgo de trabajo

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    Normalmente la Prima de Riesgo de Trabajo es un dato que suele pasar desapercibido para muchos contadores (y no contadores) durante todo el año. Es en el mes de febrero donde el patrón debe presentar la siniestralidad de su empresa (o en pocas palabras: decirle al seguro qué tantas posibilidades hay de que te mueras, fractures o rompas una pata).

    Afortunadamente existe un programa que nos ayudará en la generación de dicha Prima de Riesgo, y es nada más y nada menos que el SUA (Sistema Único de Autodeterminación). Aquí te presento algunos aspectos básicos que debes saber antes de presentar tu PR.

    ¿Quiénes están obligados a presentar la Prima de Riesgo?

    Todos los patrones (Persona física o moral) están obligados a presentar su Prima de Riesgo de Trabajo, salvo que se encuentren en los casos siguientes:

    • Que su prima de riesgo sea exactamente igual a la del ejercicio fiscal anterior (para el 2017, si es igual a la del 2016, no la presenta).
    • Que las operaciones de la empresa hayan iniciado después del primero de enero o que sencillamente sus operaciones no abarquen del 1 de enero al 31 de diciembre.
    • Que la empresa tenga la prima mínima (que es del 0.50000) y que además sus trabajadores no hayan sufrido algún accidente, se hayan matado o hubieran sufrido alguna enfermedad.
    • Finalmente, que durante el año (2017) hubieran presentado una baja patronal y luego un alta con la misma actividad y que además en ambos movimientos hubieran pasado 6 meses.

    ¿Cómo y cuándo la presento?

    El IMSS dio a conocer los formatos de presentación así como los programas para calcularla, aunque al final deberás generar tu archivo .DAP, para esto debes acudir a la página del IMSS, aunque seguramente estará saturada.

    Debes presentar tu Prima de Riesgo a más tardar el último día de febrero, que para el 2018 es el 28 de febrero, y puedes presentarla vía IDSE con tu Firma electrónica (NPIE) o directamente en ventanilla (Yo te recomiendo mil veces IDSE, recuerda que los trámites por internet son más rápidos y agiles).

    prima de riesgo de trabajo

    ¿Qué pasa si no la presento o la presento con errores?

    El hecho de presentar tu prima de riesgo no significa que esté bien calculada. En caso de que el seguro detecte que está mal calculada o no la presentes, las multas van desde 20 hasta 210 Unidades de Medida de Actualización (UMA).

    Ojo, es importante saber que en ninguna empresa puede cotizar con una prima menor a 0.50000 ni mayor a 15%.

    19 Comentarios

    1. Puedo presentar la declaraciòn de riesgos de trabajo si la empresa inicio operaciones ante el seguro en mayo de 2012? Mi prima baja por no tener siniestros. Que pasa si la presento?

    2. HE ESTADO LEYENDO, ME PARECE INTERESANTE Y CONFIABLE, YO TENTO QUE HACER UNOS CALCULOS DE IMPUESTOS PARA EL PAGO DEL SEGURO SOCIAL, PARA TRABAJADORES POR POR CONTRATO, PERO DESCONOSCO EL PORCENTAJE QUE ACTUAL. .

      MEGUSTARIA QUE ME LO PROPORCIONARAN.
      GRACIAS

      • Hola María. Antes que nada, te comento que todo trabajador por contrato está obligado a llevar seguro social. En cualquier caso, los porcentajes patronales se aplican de igual modo.

    3. ¿que empresa o giro tiene la prima mínima de 0 .50000? mi empresa es de consultoria ambiental y solo voy a contratar a una persona para ventas ¿puedo aplicar en mi caso la prima minima de riesgo o en que casos se puede aplicar esta prima minima?

    4. SI YO ME DI DE ALTA EN EL 2007 Y M,I UNICO TRABAJADOR LO DI DE BAJA EL DIA 20 DE DICIEMBVRE ESTOY OBLIGADO A DECLARAR LA PRIMA DE RIESGO ??????

      • ¿Diste de alta el trabajador? ¿La empresa? Si diste de alta la empresa y el 20 de diciembre diste de baja el trabajador, estás obligado. Saludos.

    5. ¿Cuales son los casos por los cuales la Prima de Riesgo de Trabajo permanece exactamente igual que en tu periodo anterior?
      ¿Si no hubo accidentes o defunciones, no convendría de todas formas presentarla con un punto menos?

    6. UNA EMPRESA SE DIO DE ALTA EN FEBRERO DE 2013 PERO TIENE UNA INCAPACIDA DE RIESGO DE TRABAJO EN EL TRANSCURSO DEL AÑO, ESTA OBLIGADA A PRESENTAR LA DECLARACION DE PRIMA DE RIESGO?,

      SALUDOS

      • ¡Claro! Incluso cuando la persona fue al seguro debieron preguntarle dónde ocurrió el incidente, el IMSS, al ver que ocurrió en el lugar del trabajo, mandará un aviso a la empresa en donde se le invita a verificar su riesgo de trabajo y presentarla.

      • Hola presente en el mes de febrero 2014 la prima de riesgo incorrecta, o sea mas alta de la que le tocaba para este año, como le hago para corregirla?

    7. URGENTE YA HIZE MI CALCULO DE PRIMA DE RT, PERO EL AÑO PASADO FALLECIO UN COMPAÑERO Y A LA HORA DE HACER EL CALCULO ME MARKA KE NO TENGO NINGUNA DEFUNCION Y ME ARROJEA EL MISMO FACTOR DE RIESGO. AYUDA POR FAVOR

    8. En Dic del 2012 se dió de baja un trabajador porque se iba a pensionar de cesantía, en diciembre del 2013 hacen la investigación del IMSS, en febrero del 2014 me informan que le estan dando una IPP, y que la pensión se la otorgan a partir del 2013, ¿en que ejercicio debo aplicaro los datos, para la prima de riesgo de trabajo que empieza en 2014 y termina en 2015 o para la prima de riesgo de trabajo que empieza en 2015 y termina en 2016?

    9. Porque en el SUA al calcular la prima de riesgo no me toma en cuenta los riegos de trabajo?

      el año pasado genere mi prima y la mande por idse, me llego una multa por no tomar en cuenta el riesgo el cual no me di cuenta por que si en los reportes sale registrado pero al calcular no lo toma en cuenta, hoy quiero presentar la del 2014 y me sale igual no me toma en cuenta el riesgo de trabajo, buendo es riesgo en trayecto, pero el imss me lo marca como riesgo de trabajo, que puedo hacer?

    10. Que pasa con la prima de riesgo si la empresa solo tuvo un empleado en el año pero solo estuvo dado de alta de Enero a Marzo sin incapacidades, me refiero a que si se encontraba en 5.88875 que da igual o quedaría en 4.88875

    11. Hola buenos dias, tengo una duda, con que prima de riesgo debo dar de alta a un trabajador de nuevo ingreso, el va para el puesto de ayudante general para el area de mantenimiento general

      • Luis, el concepto de prima de riesgo se calcula basado en el SDI y días trabajados de cada trabajador. No esta fijado en base a un importe fijo, si no mas bien, es un porcentaje que establece la ley en base al grado de riesgo que puede estar expuesto el trabajador por el giro/actividad de la empresa contratante. Esto sirve para dar equilibrio de lo que paga una empresa con mayor posibilidades de que un trabajador sufra un accidente o pierda la vida. saludos.

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